Sala Cuna Relmutrayen

miércoles, 9 de abril de 2008

Comisión JUNJI-DAE

Reunión 8/14/07

I. Acuerdos en relación a exigencias DAE

1. Definición Sala cuna de estudiantes Relmutrayen

La Sala Cuna y jardín infantil de estudiantes Relmutrayen esta abierto para todos y todas las madres y padres estudiantes de la UMCE que no puedan pagar una sala cuna para sus hijos/as.

2. Sólo una asistente debe hacerse cargo de la postulación a la sala cuna y jardín infantil Relmutrayen

3. Los representantes de la comisión de apoderados trabajarán en conjunto con la asistente en la postulación, llenado de ficha y análisis de la situación de los padres/madres estudiantes UMCE que soliciten ingresar a la sala cuna.

4. El reglamento de la sala cuna y jardín infantil Relmutrayen se debe adjuntar en la solicitud de ingreso

5. La situación economíca de los estudiantes no es justificación para no cumplir el reglamento de la sala cuna y jardín infantil Relmutrayen

6. Requisitos de ingreso

a) Padres y madres estudiantes de la UMCE que no tengan dinero para pagar una sala cuna y jardin infantil para sus hijos/as

b) Como condición socioeconómica, se toma en cuenta solo el núcleo familiar que el/la estudiante defina (no los integrantes que viven con él o ella)

c) En la condición de madre/padre estudiante de la UMCE, el crédito fondo solidiario en ningún caso es acreditación de situación socioeconómica, por lo tanto no debe ser tomado en cuenta para el ingreso a la sala cuna y jardín infantil Relmutrayen.

7. Las fechas del llenado de ficha deben ser claras.



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